Free cookie consent management tool by TermsFeed Los Tribunales declaran ilegal el redondeo al alza de los aparcamientos - Región de Murcia Digital
CONSUMO

Los Tribunales declaran ilegal el redondeo al alza de los aparcamientos

Los Tribunales declaran ilegal el redondeo al alza de los aparcamientos

Aparcamiento de La Arrixaca (Al pulsar se abrirá la foto en una nueva ventana.)

Aparcamiento de La Arrixaca

Las cláusulas de redondeo al alza que aplican los aparcamientos públicos son abusivas. Así lo considera la Audiencia Provincial de Madrid, que ratifica la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 46 de la ciudad, que en su día declaró ilegales estas prácticas, a instancias de la Dirección General de Consumo de Murcia. Según el fallo, los aparcamientos deberán eliminar la cláusula de pago «por hora -o media hora- o fracción» de sus condiciones generales de contratación.

Este órgano judicial entiende que la cláusula que impone el cobro por fracción constituye una condición general de la contratación, incorporada a un contrato de adhesión, para el que no cabe la negociación individual. «No puede afirmarse que sea un comportamiento objetivo y leal, ni justo, adecuado y proporcionado al interés común de las partes», imponer al contratante «débil», además del pago por la cesión efectiva de la plaza de aparcamiento, «una cantidad adicional hasta completar ficticiamente la unidad de medida del tiempo que determina el precio».

Respecto a la dificultades de tarifar por minutos, la Audiencia de Madrid no ve justificación objetiva, «ya que la tecnología actual permite ajustar los parámetros por los que las máquinas automáticas cobran por los servicios prestados y facilitan el cambio requerido», de la misma manera que en los aparcamientos en que el cobro se realiza por personal de la empresa.

La sentencia recuerda que la obtención de beneficios por una empresa está recogida en el artículo 38 de la Constitución, pero "siempre que no sea a costa de los legítimos intereses económicos de los consumidores", cuyos derechos deben ser protegidos, según la Carta Magna, por los poderes públicos.