Free cookie consent management tool by TermsFeed Nuevo Reglamento sobre prestación de servicios de comunicaciones electrónicas - Región de Murcia Digital
CONSUMO

Nuevo Reglamento sobre prestación de servicios de comunicaciones electrónicas

Nuevo Reglamento sobre prestación de servicios de comunicaciones electrónicas

Internet en Casa (Al pulsar se abrirá la foto en una nueva ventana.)

Internet en Casa

El Consejo de Ministros del 15 de abril de 2005 aprobó el Reglamento sobre las condiciones de prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. De este nuevo marco regulador, que establece las obligaciones de los operadores y trata de reforzar los derechos de los usuarios, destacamos los siguientes aspectos:

  • El abonado puede rescindir el contrato en cualquier momento: El único requisito es realizar un preaviso de 15 días de antelación. Si el operador no procede a la rescisión del contrato, no podrá presentar facturas o documentos de cargo una vez transcurridos 15 días.
  • Los operadores han de disponer de un servicio de atención al cliente, y deben comunicar al abonado un número de referencia como comprobante de su reclamación.
  • Se debe hacer constar en los contratos los niveles individuales de calidad del servicio que el operador se compromete a ofrecer y los supuestos en los que su incumplimiento dé derecho a exigir una indemnización.
  • Se establece el derecho a indemnización automática por la interrupción temporal del servicio telefónico disponible al público.
  • En el campo de la protección de datos, se ha de contar con la autorización expresa del usuario tanto para el establecimiento de llamadas no solicitadas con fines de venta directa como para utilizar datos de localización geográfica.

Dispone de más información sobre este Reglamento en la web de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones: http://www.setsi.mityc.es/.