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CONSUMO

Directiva europea que prohíbe las prácticas comerciales desleales y engañosas

Directiva europea que prohíbe las prácticas comerciales desleales y engañosas

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El Parlamento Europeo aprobó el pasado 24 de febrero la segunda lectura de la Directiva que prohíbe en toda la Comunidad las prácticas comerciales desleales y engañosas. La norma debe adoptarse por el Consejo y, si así se hiciera en este semestre, entrar en vigor en toda la Unión Europea de aquí a 2007. Esta nueva Directiva considera prácticas engañosas aquellas que puedan inducir al consumidor medio a realizar una compra que de otro modo no habría realizado y que suponga atribuir al producto cualidades de las que carece.

Entre las prácticas que se definen como engañosas, el texto menciona los siguientes casos:

  • La venta por señuelo (por ejemplo, cuando el objetivo es vender otra cosa).

  • Si se sostienen atributos del producto que no son ciertos.

  • Anunciar que la promoción sólo dura un plazo breve, cuando no sea así.

  • Sugerir que el comerciante está a punto de liquidar o trasladarse sin que sea cierto.

  • Anuncio de un producto como "regalo" o "gratuito" si hay que efectuar un pago (salvo el pago por envío).

  • Proclamar falsamente que un producto puede curar enfermedades.

  • Planes de venta piramidal en los que la compensación se derive de la entrada de otros consumidores en el plan, en lugar de por la venta de productos.

  • Organización de concursos o premios cuando no hay intención de ofrecerlos.