1728- 1733

Papel, cuadernillo cosido

32,5 x 31,5 cm

 

Archivo Municipal de Murcia, AMMU, Leg. 3909/8

 

 


  

Al terminar cada año la cosecha de la seda, los productores tenían la obligación de manifestar y registrar la seda criada, tanto la seda hilada, en sus variedades de joyante y redonda, como la venta de la materia prima o capullo. Una vez declarada, la seda se debía vender y comprar en el Contraste, previo pago de los correspondientes arbitrios. Para estudiar o investigar la producción de seda murciana, existen tres tipos de documentos: los manifiestos o registros de la seda, los libros del Contraste y los libros de los arbitrios de la seda. De la descripción y registros de cada uno de ellos se desprende que una enorme cantidad de producto se vendía de forma clandestina. De todos ellos, los primeros son los menos exactos para estudiar la producción dado que el criador, con la esperanza de poder vender clandestinamente gran parte de su seda, registraba mucha menos de la que producía. A partir de 1751, el huertano se desentenderá totalmente de este requisito formal. En cuanto a los precios para los productos manufacturados, el control por parte de Hacienda y del propio concejo dejaba escaso margen de beneficio a los artesanos.

Miralles, 2000, p. 146; Olivares, 2005.

MAGR