En España se creó un Comité de Humedales en 1994, un órgano colegiado consultivo y de cooperación entre la Administración central y las Comunidades Autónomas. Sus funciones son coordinar las actuaciones en materia de conservación de los humedales, especialmente en el cumplimiento del Convenio Ramsar.

    El Comité de Humedales, atendiendo a los nueve criterios establecidos por Ramsar para la identificación de Humedales de Importancia Internacional, ha elaborado un protocolo de inclusión de humedales españoles en dicho Convenio. Estos criterios se agrupan en dos grandes apartados: sitios que comprenden tipos de humedales raros o únicos y sitios de importancia internacional para conservar la diversidad biológica, con criterios específicos basados en especies y comunidades ecológicas.

Criterio 2

    Un humedal deberá ser designado como de Importancia Internacional si sustenta especies vulnerables, en peligro o en peligro crítico, o comunidades ecológicas amenazadas.

    En el caso de España se considera que un humedal cumple el criterio 2 cuando presenta especies y/o hábitats ligados a ambientes húmedos que se encuentran amenazados en un contexto biogeográfico supranacional, por ejemplo taxones clasificados en las máximas categorías de amenaza de UICN, Catálogo Nacional, Libros Rojos Nacionales, etc., y/o hábitats prioritarios del Anexo I de la Directiva de Hábitats, etc.

Criterio 3

    Un humedal deberá ser designado como de Importancia Internacional si sustenta poblaciones de especies vegetales y/o animales importantes para mantener la diversidad biológica de una región biogeográfica determinada.

    En el caso de España se considera que un humedal cumple el criterio 3 cuando presenta un número apreciable de endemismos y/o una gran riqueza específica (taxones asociados a ambientes húmedos) y/o cuando aparecen especies y/o hábitats asociados a ambientes húmedos que tienen una valoración global A (Excelente), según se indica en el Anexo III de la Directiva 92/43/CEE, ya que se trata de un buen índice para medir la importancia que un espacio tiene para el mantenimiento de la diversidad biológica en la región biogeográfica en la que se localiza (pondera conjuntamente una serie de parámetros fundamentales como representatividad, estado de conservación, distribución, tamaño y densidad de poblaciones, etc.).

Criterio 4

    Un humedal deberá ser designado como de Importancia Internacional si sustenta especies vegetales y/o animales cuando se encuentran en una etapa crítica de su ciclo biológico y/o en períodos en que prevalecen condiciones adversas.

    En el caso de España se considera que un humedal cumple este criterio 4 cuando presenta taxones ligados a ambientes húmedos en alguna de las etapas criticas de sus ciclos biológicos (reproducción, migración, desarrollo larvario, muda, etc.) o es una 'zona refugio' vital en condiciones ambientales adversas (temporales, sequías, etc.), siempre que los números poblacionales sean significativos (por ejemplo, proporciones del 10% en aves acuáticas) aunque sea de manera puntual o excepcional.

Criterio 6

    Un humedal deberá ser designado como de Importancia Internacional si sustenta de manera regular el 1% de los individuos de una población de una especie o subespecie de ave acuáticas.

    En el caso de España se considera que un humedal cumple el criterio 6 cuando sustenta de una manera regular el 1% (según Wetlands Internacional, 2006) de los individuos de una población biogeográfica de una especie de ave acuática determinada, entendiendo por 'de manera regular' que durante los últimos 5 años se ha superado en al menos 3 de ellos el umbral del 1%.

Criterios que justifican la declaración de las lagunas de Las Moreras como Humedal Ramsar

    Las lagunas de las Moreras cumplen cuatro de los nueve criterios establecidos por el Convenio Ramsar para su declaración como Humedal de Importancia Internacional.

Criterio 2

    En las lagunas de Las Moreras están citadas, hasta el momento, 14 especies de vertebrados asociadas a ambientes húmedos con un alto grado de amenaza. Por su catalogación en el contexto mundial destaca la presencia en estos humedales de la malvasía cabeciblanca, la cerceta pardilla y el fartet.

Criterio 3

    Según los estudios realizados por la Universidad de Murcia, en las lagunas de las Moreras se citan tres especies endémicas, Nebrioporus baeticus, Ochthebius cuprescens y Ochthebius tacapasensis, de las cuales Nebrioporus baeticus es exclusiva de la península Ibérica.

Criterio 4

    Con respecto a la reproducción de aves acuáticas, y para el periodo 2005-2008, se considera que las lagunas de Las Moreras cumplen el criterio 4 por albergar, en al menos una ocasión, más del 10% de los efectivos poblacionales de malvasía cabeciblanca calculados para el mediterráneo occidental, en concreto un 13,5 % en el año 2006.

Criterio 6

    Las lagunas de las Moreras sustentan de manera regular más del 1% (según cálculos de Wetlands Internacional, 2006) de las poblaciones del mediterráneo occidental de la malvasía cabeciblanca.

Criterios que justifican la declaración de las Lagunas de Campotéjar como Humedal Ramsar

    Las lagunas de Campotéjar cumplen tres de los nueve criterios establecidos por el Convenio Ramsar para la declaración de Humedal de Importancia Internacional.

Criterio 2

    En las lagunas de Campotéjar se han citado hasta el momento 11 especies de aves asociadas a ambientes húmedos con un alto grado de amenaza. Por su catalogación en el contexto mundial destaca la presencia de la malvasía cabeciblanca y de la cerceta pardilla. También se encuentra en estas lagunas un tipo de hábitat de interés comunitario: estepas salinas mediterráneas (Limonietalia).

Criterio 4

    Las lagunas de Campotéjar, durante la invernada de aves acuáticas entre 2004-2007, cumplieron el criterio 4 por albergar, en determinadas ocasiones, más del 10% de los efectivos poblacionales de malvasía cabeciblanca calculados para el mediterráneo occidental, en concreto un 15,4% en enero de 2006 y un 18,3% en enero de 2008.

    Con respecto a la migración, se considera que cumple el criterio 4 por albergar de forma puntual más del 10 % de los efectivos poblaciones de malvasía cabeciblanca de la población total europea, en concreto un 10,6% en septiembre de 2005.

Criterio 6

    Las lagunas de Campotéjar sustentan de manera regular más del 1% (según cálculos de Wetlands Internacional, 2006) de las poblaciones del mediterráneo occidental de malvasía cabeciblanca.