Reproducción sexual [Murcia enclave ambiental]
Reproducción sexual
Fotosíntesis [Murcia enclave ambiental]
Fotosíntesis

Estudio

     En la Región de Murcia, el estudio Caracterización, valoración ecológica y determinación de áreas a proteger en el litoral sumergido de la Región de Murcia realizado en 1988 y 1989 y la Revisión y actualización de la cartografía bionómica del litoral de la Región de Murcia, efectuada en 1998, por la Dirección General del Medio Natural, constituyen una información básica sobre las praderas de Posidonia oceanica del litoral murciano.

Seguimiento

     Enmarcadas en el Plan de Acondicionamiento de la Franja Costera, hasta la fecha se han emprendido una serie de medidas encaminadas a la conservación de estas comunidades basadas en la protección de áreas marinas frente a la actividad humana: la creación de la Reserva Marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, la instalación de arrecifes artificiales antiarrastre a lo largo del litoral regional y el hundimiento de embarcaciones. El establecimiento de la Red de Seguimiento de estas praderas en el litoral de la Región de Murcia es un proyecto dirigido a la observación, seguimiento temporal y evaluación del estado biológico de los 'algares' o praderas submarinas de esta fanerógama marina endémica, así como los cambios de este ecosistema en relación tanto con su dinámica natural como con el impacto humano.

     El programa 'Red de seguimiento de las praderas de Posidonia oceánica en el litoral de la Región de Murcia' está realizado por la Consejería de Agricultura y Agua a través de la Dirección General de Ganadería y Pesca y la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Industria y Medio Ambiente y cuenta con la participación del Instituto Español de Oceanografía, a través de su Centro Oceanográfico de Murcia. También participan la Universidad de Murcia, a través del Departamento de Ecología e Hidrología de la Facultad de Biología y la Federación de Actividades Subacuáticas de la Región de Murcia.

Principales amenazas

     Las praderas de posidonia se encuentran amenazadas debido fundamentalmente a una serie de acciones humanas como los vertidos de aguas residuales no depuradas, la extracción de arenas del lecho marino, la regeneración de las playas cerca de las praderas, la pesca de arrastre en fondos inferiores a 50 metros (profundidad 30-40 m) y los anclajes de embarcaciones deportivas.

     Otra importante amenaza para las praderas de posidonia la constituye la aparición de la Caulerpa taxifolia, un alga presente en los mares cálidos que fue introducida en 1984 accidentalmente por el hombre en Europa. Desde entonces, su superficie se ha extendido a más de 3.000 ha, siendo las zonas más afectadas las correspondientes a Francia e Italia. Los efectos de la Caulerpa taxifolia pueden ser devastadores, ya que este tipo de alga puede desarrollarse sobre cualquier substrato: rocas, arena, herbazales de posidonia, pudiendo cubrir hasta el 100% del fondo de 1 a 40 metros de profundidad. Cuando invade las praderas de posidonia, muchas especies desaparecen y en las zonas invadidas se produce un cambio en todos los ecosistemas provocando un sensible descenso de la biodiversidad. No tiene enemigos naturales pues posee un producto metabólico, denominado caulerpenina, tóxico para la fauna mediterránea que la utiliza como alimento, por lo que ha recibido el nombre de 'alga asesina', peste verde o Atila del Mediterráneo.

Estatus de protección

     La importancia que las praderas de Posidonia oceanica tienen para el medio marino, así como para determinadas actividades humanas directas como es la pesca o indirectas como es el mantenimiento del equilibrio de la franja litoral, han sido determinantes para que técnicos y científicos aconsejaran su protección legal. La protección actual de las praderas de posidonia se resume a continuación:

  • A nivel europeo, Posidonia oceanica ha sido incluida en el Anexo I de la Convención de Berna como especie de flora estrictamente protegida.

  • La Directiva de Hábitats de la Unión Europea (92/42 CEE del 21/05/1992) y su posterior adaptación al progreso técnico y científico a través de la Directiva 97/62/CE del 27 de octubre de 1997, incluyen a las praderas de Posidonia oceanica en el Anexo 1, hábitat 1120, como hábitat prioritario a conservar dentro del territorio de la Unión Europea.

  • El Reglamento de Pesca de la Unión Europea para el Mediterráneo (Reglamento CE núm.1626/94), prohíbe expresamente la pesca de arrastre sobre praderas de fanerógamas marinas.

  • En España, el Real Decreto de 7 de diciembre de 1995 (BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 1995) recoge la adaptación de la Directiva de Hábitat al Estado Español. En él, se considera a las praderas como sistemas a conservar, para lo cual se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.

Divulgación

     En el pasado, la Consejería de Industria y Medio Ambiente, con el apoyo de los Ayuntamientos de San Javier y San Pedro del Pinatar, llevó a cabo una campaña de difusión sobre los beneficios de las praderas de posidonia. Se pretende, con varias actividades, concienciar a los visitantes de las playas sobre la importancia de las praderas que ocupan la franja marina y sobre el papel de los arribazones en la conservación de nuestras playas.

     La campaña está compuesta por charlas informativas, elaboración de una guía de buenas prácticas ambientales sobre las playas, equipamientos divulgativos con materiales promocionales y folletos y, por último, paneles interpretativos fijos en las playas con más afluencia, que ayuden a los visitantes a conocer los valores ambientales de la Posidonia oceanica.