Figura 3. Las Reservas han permitido o facilitado abrir líneas de investigación que se están comprobando como muy importantes para la conservación de mares y océanos
Figura 3. Las Reservas han permitido o facilitado abrir líneas de investigación que se están comprobando como muy importantes para la conservación de mares y océanos
Juan Carlos Calvín

     De una forma sencilla, una zona marina protegida se puede definir como un espacio donde la legislación general existente se modifica con una normativa complementaria con la intención de disminuir el impacto de la acción humana sobre las comunidades marinas.

     En España no ha existido una legislación específica en materia de protección de espacios o especies marinas, por lo que las primeras acciones de protección se enmarcaron dentro de las políticas pesqueras y no de las estrictamente ambientales. Durante un amplio periodo de tiempo, las Reservas Marinas han sido creadas como zonas de protección pesquera por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), primero al amparo del Real Decreto 681/1980, de 28 de marzo, sobre ordenación de la actividad pesquera nacional y de la Orden de 11 de mayo de 1982 sobre repoblación marítima y actualmente al amparo de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

     Pero desde siempre se entendió que las reservas marinas creadas al amparo de dicha legislación no debían aspirar a ser únicamente una zona de protección del ecosistema marino y de sus especies asociadas, sino que también debían ser la herramienta para una ordenación racional que permitiese además realizar un conjunto de actividades científicas, educativas y culturales, junto a otras de carácter pesquero y turístico recreativo. Es decir, la filosofía que debe respaldar la creación de toda reserva marina ha de ser aquella que busque un equilibrio entre la protección y conservación de los ecosistemas marinos (especies y hábitats) y el aprovechamiento racional de los mismos, al permitir usos controlados y de bajo impacto como una pesca artesanal y un turismo respetuosos con el medio ambiente. Pero a su vez también busque un cambio de actitudes en la relación hombre-mar, y una profundización constante en el conocimiento del medio marino.

     Esta necesidad de que en toda reserva pese por igual la función de conservación, la función de investigación y educación y la función de permitir y potenciar un desarrollo sostenible, conduce a que la misma se compartimente en una serie de áreas a las que se le aplican diferentes grados de protección, lo que permite ordenar adecuadamente los usos previstos en dicha reserva.

     Teóricamente y en el caso más completo, la reserva constaría de 3 áreas concéntricas, con niveles de protección crecientes desde la periferia al centro. En el área de reserva integral (el santuario) cualquier tipo de acceso está prohibido, permitiéndose sólo el seguimiento científico. En el área de amortiguación, que actúa para proteger a la anterior, el acceso es muy restringido, estando reguladas la inmersión y la estancia de embarcaciones, que normalmente no pueden fondear, y sólo se suele permitir ciertos tipos de pesca artesanal estacionales. En el área periférica o de múltiple uso, el acceso es libre, permitiéndose el baño, los deportes náuticos no motorizados, cierta pesca deportiva, la navegación, aunque las embarcaciones pueden tener limitadas las zonas de anclaje, y en cuanto a la pesca profesional sólo se permiten ciertos tipos de pesca artesanal estacionales (palangre, moruna). Además, en toda la reserva suele estar prohibido: la pesca submarina; cualquier tipo de extracción de fauna, flora, minerales o restos arqueológicos; los procedimientos de pesca industriales y más impactantes (arrastre, cerco), y determinados deportes náuticos (motonáutica, esquí-acuático, etc.), aunque cada reserva tiene especificaciones concretas. A su vez, toda la reserva debería estar rodeada de una zona exterior de influencia o de amortiguación donde la única limitación fuese la realización de obras o actuaciones de alto impacto (puertos, instalaciones industriales, cementerios de residuos, etc.).

     De todas formas, la particularidad de cada reserva en ubicación geográfica y en tipos de usos a armonizar hace que la estructuración teórica hasta aquí comentada se haya tenido que adaptar a cada caso en particular, con resultados diferentes para cada una de ellas.

     Las reservas marinas bien gestionadas están demostrando ser excelentes herramientas para la ordenación de los recursos litorales (naturales y socioeconómicos), a la vez que son fuente de riqueza para los habitantes de la zona. También están resultando excelentes laboratorios naturales para los estudios de control del impacto que se produce en la costa circundante.

     Si hay resultados espectaculares con la declaración de una reserva, esos son los que van asociados a la recuperación de las poblaciones naturales más castigadas y que se conoce por “efecto reserva”. Obviamente, la magnitud de dicha recuperación es directamente proporcional a la eficacia de la protección en disminuir los impactos existentes antes de la declaración.

     El “efecto reserva” se podría definir como el conjunto de transformaciones que se pueden observar en el medio natural (principalmente biótico) a partir de que se ponen en marcha las medidas de protección. Algunas de estas transformaciones, por espectaculares, pueden ser observadas a simple vista. Es lo que sucede con la recuperación de la ictiofauna, especialmente con las especies pescadas (sargo, dentón, pargo, mero, falso abadejo, lubina, escórpora...). Las poblaciones de las diferentes especies van recuperando su estructura demográfica natural, aumentando el número de individuos total y aumentando también muy considerablemente los individuos de talla mediana y grande. A su vez, los peces pierden el miedo al hombre, por lo que se hacen mucho más visibles. El resultado es que, si te sumerges en las aguas de una reserva, te ves rodeado por todas partes de infinidad de peces de todos los tamaños y que deambulan tranquilamente de un lado a otro. También a simple vista se aprecia la recuperación de las poblaciones de crustáceos de interés pesquero (centollo, langosta, bogavante, cigarrón...).

     Hay, en cambio, otro conjunto de transformaciones que por la lentitud con que se producen pueden pasar desapercibidas, pero que los estudios de seguimiento que se llevan efectuando en las reservas más veteranas están constatando. Es la recuperación de las poblaciones de ciertos invertebrados explotados de una u otra forma por el hombre (coral rojo, gorgónias, nacras...), y de las comunidades más sensibles (pradera de Posidonia, coralígeno, detrítico costero...). Aspectos ambos que corroboran el incremento general en diversidad y en calidad biológica que se experimenta en el ecosistema.

     A su vez, las reservas actúan positivamente sobre los fondos adyacentes, al producirse una migración constante de larvas, juveniles y adultos desde la zona protegida.

     Es evidente que con la recuperación de las poblaciones de peces y crustáceos, la pesca profesional controlada que se realiza en la reserva y en sus alrededores ve incrementado, en relativamente poco tiempo, el número y el tamaño de sus capturas. La experiencia de las reservas que llevan más tiempo protegidas, Tabarca y Columbretes, ha demostrado que las poblaciones de peces y cefalópodos se recuperan en unos tres años, mientras que las de crustáceos necesita de prácticamente cinco para hacerlo.

     En el ámbito científico, las reservas más veteranas han satisfecho con creces las expectativas puestas en ellas. Estos espacios protegidos se han demostrado imprescindibles para la realización de ciertos estudios de inventariado o de seguimiento de especies, comunidades o situaciones ecológicas, muy difíciles de llevar a cabo fuera de ellas.

     En el ámbito de la Educación ambiental, la actividad desarrollada desde las reservas ya consolidadas es muy activa desde poco tiempo después de su implantación. Pero los resultados de este esfuerzo todavía tardarán en apreciarse significativamente, pues los cambios de actitudes necesitan muchos años, cuando no generaciones, para que se sientan de una forma generalizada en la sociedad. Charlas, seminarios, exposiciones, cursillos de iniciación, jornadas de limpieza de fondos, aulas de naturaleza, campamentos de verano, campos de trabajo, visitas guiadas, visitas de centros escolares, prácticas de campo de departamentos universitarios, elaboración de materiales didácticos (vídeos, paneles, publicaciones,...), son algunas de las actividades que se están realizando.

     La declaración de una reserva marina crea inmediatamente unas expectativas muy importantes en los ciudadanos. Hoy, todo lo relacionado con el mar tiene un sabor especial de ocio, bienestar y aventura, y la transmisión de boca en boca de los atractivos naturales (paisaje, flora y fauna, clima...) de un enclave costero corre como un reguero de pólvora. El incremento de visitantes que se produce, aunque problemático para la gestión del espacio protegido, es una fuente de ingresos muy importante para la gente del lugar, surgiendo a menudo actividades laborales nuevas (centros de buceo, guías, embarcaciones de paseo...) en respuesta a las nuevas demandas de ocio de los que podríamos denominar ecoturistas o turistas con una concienciación ambiental importante.

     Esta visión más ambiciosa y completa de las funciones de los espacios protegidos marinos (Reservas marinas, Áreas marinas protegidas,...) es la que recogen ya desde hace años los diferentes Convenios internacionales implicados en la protección y conservación de hábitats y especies (Convenio de Barcelona, Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convenio para la Protección del Medio Marino del Atlántico del Nordeste, Directiva Hábitat, Directiva Marco Europea para una Estrategia Marina, Cumbres Mundiales sobre Desarrollo Sostenible...) Además, en todos estos acuerdos internacionales se habla ya también desde hace años de promover la creación de redes de Áreas Marinas Protegidas conectadas entre si, al haberse comprobado que con ellas se consiguen objetivos sociales y ecológicos más ambiciosos que con AMPs aisladas.

     Los compromisos adquiridos por España, tanto los incluidos en la Directiva de Hábitats de la UE, como los acuerdos de la Convención de OSPAR y de la Convención de Biodiversidad de Naciones Unidas, la obligan a detener la pérdida de diversidad biológica marina y a crear nuevas áreas protegidas. Según estos compromisos, el Gobierno español debe proteger antes del 2012, al menos, un 10% de la superficie marina que se encuentra bajo su jurisdicción o tutela, cifra de la que se encuentra muy alejado, teniendo en cuenta que la superficie de las aguas jurisdiccionales españolas se estiman en más de un millón de kilómetros cuadrados.

     Hay que decir también que España, con la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que ya tiene en cuenta de una forma específica la protección de la biodiversidad marina, la creación de Áreas Marinas Protegidas y el establecimiento de una Red de Áreas Marinas Protegidas, y con la incorporación al derecho español de la Directiva Marco Europea para una Estrategia Marina mediante el Proyecto de Ley de Protección del Medio Marino, actualmente en aprobación en el Congreso, está avanzando en el cumpliendo con los compromisos internacionales adquiridos, aunque quizás no con la premura necesaria.

     En la actualidad, las Reservas Marinas del Estado son un total de 10, 6 de ellas mediterráneas (Masia Blanca, Islas Columbretes, Isla de Tabarca, Cabo de Gata-Nijar, isla de Alborán) y una de ellas, Cabo de Palos-Islas Hormigas, en aguas de la Región.

Juan Carlos Calvín