Las principales novedades de la Orden PRE/2410/2004, de 20 de julio, reguladora de los derechos de los usuarios de los servicios de tarificación adicional, son:
La obligación de que los operadores reciban una solicitud previa y firmada del usuario que quiera acceder a los servicios de tarificación adicional más caros (los que superen un euro) y comiencen por los prefijos 803, 806 y 807, seguidos por las cifras 6, 7, 8 ó 9 y por el prefijo 907, para poder prestarle el servicio.
Se advierte, no obstante, que la desconexión de los números 803, 806 y 807, seguidos del dígito 0, 1, 2, 3, 4 y 5 deberán hacerse a petición del usuario. En tal caso, la operadora tiene la obligación de efectuar la desconexión en el plazo de diez días como máximo; transcurrido este plazo, corresponderá a las compañías telefónicas el pago de las llamadas realizadas a estos números.
Los cambios legislativos obligan a las compañías de telecomunicaciones a incluir en sus facturas la identidad de los prestadores de servicios de tarificación adicional y a desglosar la tarifa que cobra el operador de la parte que corresponde al titular de las líneas.
La obligación de los operadores de informar mediante locución de 20 segundos del precio, tipo de servicio y titular del mismo, antes de comenzar a facturar como tarificación adicional.
Se garantiza a los usuarios el derecho que les asiste a desconectarse de determinados servicios, incluidos los de tarificación adicional y los de llamadas internacionales. La desconexión debe ser gratuita y realizarse en el plazo máximo de diez días desde la realización de la solicitud.
Se han adoptado una serie de medidas para evitar que los usuarios de internet puedan ser reencaminados automáticamente a servicios de tarificación adicional.
La nueva Orden aporta nuevos beneficios para los usuarios al obligar al operador a indemnizar al abonado por las interrupciones temporales del servicio de teléfono, ya sea fijo o móvil.
Se recuerda prestar especial atención a los dígitos que siguen a los números 803, 806 y 807, ya que el coste económico de la llamada se incrementa progresivamente desde el 0 hasta el 9.