Diputados de las Cortes (15) por el reino de Murcia

-Álvarez Toledo, Francisco de Borja. Marqués de los Vélez y de Villafranca*
(firma la Constitución)
-Cano Manuel, Vicente
-Clemencín Viñas, Diego
-García Zamora, Mariano
-González Llamas, Pedro*
(firma la Constitución)
-Hidalgo, Leonardo
-López García, Simón*
(firma la Constitución)
-Martínez Fortún, Isidoro*
(firma la Constitución)
-Martínez Fortún, Nicolás*
(firma la Constitución)
-Pérez Pastor, Juan
-Rocafull Vera, José María*
(firma la Constitución)
-Rovira Gálvez, Alfonso*
(firma la Constitución)
-Sánchez, Francisco Borja
-Sánchez Andujar, Juan
-Tacón Rosique, Francisco

  Diputados suplentes (4)

-Castillo, Bartolomé
-De la Santa, Damián
-Ibáñez, Juan Cayetano
-Riquelme, Juan Benito

  Presidentes de las Cortes

1-Vicente Cano Manuel y Ramírez de Arellano (1811)
2-Francisco Tacón (1813-14)

   José María Rocafull Vera

  Este mariscal de campo fue vicepresidente de las Cortes de Cádiz entre 1810 y 1813.


     La Junta Suprema Central de España aprobó la celebración de unas Cortes Extraordinarias, mediante Real Decreto del 22 de mayo de 1809, para la elaboración de una Constitución el año siguiente, durante la Guerra de Independencia contra las tropas de Napoleón Bonaparte. En 1810, el Consejo de Regencia reemplazó a la Junta Central en la tarea de organización de las Cortes Constituyentes, y estableció su sede en la Real Isla de León (San Fernando). La inauguración de las Cortes Extraordinarias se produjo el 24 de septiembre de 1810 con el juramento de los diputados peninsulares y americanos en el Teatro Cómico de la Villa de San Fernando.

     El reino de Murcia eligió mediante votación en 1810 a sus diputados en Cortes: Simón López García, sacerdote de la congregación de San Felipe Neri; Alfonso Rovira Gálvez, canónigo de la catedral de Cartagena; José María Rocafull, jefe de las milicias de Lorca y alcaide de la Real Cárcel de Murcia; Pedro González de Llamas, teniente general de los Reales Ejércitos y miembro del Consejo Supremo de Guerra; Juan Sánchez Andújar, cura de Sax; Isidoro Martínez Fortún, abogado; Nicolás Martínez Fortún, propietario; Vicente Cano Manuel, presbítero; Leonardo Hidalgo, presbítero de la catedral de Murcia; y Francisco de Borja Álvarez de Toledo, marqués de los Vélez, comandante general y gobernador del reino de Murcia. Los diputados suplentes del reino de Murcia, que no llegaron a formar parte de las Cortes de Cádiz, fueron: Damián de la Santa, Juan Cayetano Ibáñez, caballero maestrante de Ronda; Juan Benito Riquelme y Bartolomé Castillo.

     Los diputados murcianos aguardaron durante julio y agosto en Cartagena el permiso del Consejo de Regencia para su viaje a Cádiz. La demora en el viaje de los diputados se debió a su reivindicación de buques seguros y a los ataques de los piratas corsarios del Norte de África en el Sur de España. Debido a una epidemia de fiebre amarilla en Cartagena, los 27 diputados levantinos se trasladaron a Torrevieja (Alicante), en un grupo de carruajes, el 11 de septiembre. Sus señorías llegaron a Torrevieja al día siguiente. El gobernador de Alicante mantuvo a los diputados del reino de Murcia en cuarentena hasta su partida hacia Cádiz el 8 de octubre.

  Los diputados del reino de Murcia partieron en dos buques, el navío Héroe y la fragata Venganza. Las dos embarcaciones atravesaron el cabo de Palos el 10 de octubre, el cabo de Gata el día 13 y llegaron hasta Gibraltar el día 20, debido a una tempestad en la zona del Estrecho.

  Finalmente, el navío Héroe y la fragata Venganza atracaron en la bahía de Cádiz entre el 22 y el 23 de octubre. El 24 de octubre de 1810, los diputados del reino de Murcia fueron trasladados desde Cádiz hasta la isla de León en carruaje, mientras los franceses atacaban la ciudad, y comenzaron su trabajo en las Cortes, justo un mes después de su inauguración.

     El sacerdote Simón López defendió el absolutismo regio como sistema de gobierno, "es el brazo temporal de la fuerza civilizadora de la Iglesia", y propuso la supresión de las corridas de toros en España. Alfonso Rovira formó parte de la Comisión Eclesiástica. Pedro González de Llamas era absolutista y perteneció a la Comisión de Premios. José María Rocafull fue vicepresidente de las Cortes y trabajó en las comisiones de Hacienda, Secuestros y Confiscos. Las Cortes revocaron el acta de diputado a Juan Sánchez Andújar en 1811 por pertenecer a un distrito diferente al de Murcia; Isidoro Martínez participó en los debates sobre señoríos y el proyecto de Constitución.

  Nicolás Martínez destacó durante el debate constitucional sobre la soberanía nacional. Vicente Cano Manuel era liberal y fue presidente de las Cortes entre el 24 de abril de 1811 y el 23 de mayo de 1811. Leonardo Hidalgo murió en 1811 durante su estancia en Cádiz y Francisco de Borja Álvarez de Toledo realizó aportaciones en materia militar. En las elecciones de 1813, los diputados Diego Clemencín Viñas, Francisco de Borja Sánchez, Juan Pérez Pastor, Mariano García Zamora y Francisco Tacón reemplazaron a los anteriores en las Cortes de Cádiz. Diego Clemencín era director del diario 'La Gaceta' y comentador de 'El Quijote'; Mariano García, canónigo de la catedral de Cartagena y arcediano de Villena, y Francisco Tacón, teniente de navío y caballero de la Orden de Santiago, ejerció de presidente de las Cortes entre el 1 de noviembre de 1813 y el 15 de enero de 1814.

     Las Cortes ejercieron su labor constitucional a pesar del asedio de las tropas francesas del mariscal Víctor a partir de 1810. La Cámara nombró una comisión de doce diputados para la elaboración de la Constitución: Antonio Joaquín Pérez, Vicente Morales, Joaquín Fernández, Agustín Argüelles, Evaristo Pérez, José Espiga, Antonio Oliveros, José Pablo Valiente, Pedro María Ric, Francisco Rodríguez, Francisco Gutiérrez y Alonso Cañedo. Las Cortes trasladaron su sede a la iglesia de San Felipe Neri de Cádiz en febrero de 1811, ante la inminente llegada del ejército imperial a la isla de León. El debate sobre el proyecto constitucional se inició en agosto.

  Los diputados en Cortes aprobaron la Constitución de Cádiz el 19 de marzo de 1812, día de San José, de ahí el apodo de 'La Pepa'. De los 187 diputados firmantes de la Constitución de Cádiz, siete de ellos representaban al reino de Murcia, y eran: Pedro González de Llamas, Isidoro Martínez Fortún, Alfonso Rovira Gálvez, José María Rocafull Vera, Simón López García, Nicolás Martínez Fortún y Francisco de Borja Álvarez de Toledo.

  La primera Constitución en la Historia de España comienza con esta declaración: "Don Fernando Séptimo, por la gracia de Dios Rey de las Españas y en su ausencia y cautividad la Regencia del reino, nombrada por las Cortes Generales y Extraordinarias a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las mismas Cortes han decretado la siguiente Constitución Política de la Monarquía Española". El Consejo de Regencia realizó un llamamiento al pueblo español para el acatamiento de la Constitución de 1812. "Mandamos a todos los españoles nuestros súbditos que guarden la Constitución inserta como ley fundamental de la monarquía".

     Los principios esenciales de la Constitución de Cádiz son:
-La soberanía nacional. "La nación española es libre y soberana y pertenece a ésta el derecho de establecer las leyes fundamentales. La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios".
-La unidad de España. "El reino de las Españas es indivisible".
-La división de poderes. El poder ejecutivo reside en el Rey, quien tiene potestad para "declarar la guerra y hacer la paz". El legislativo es compartido entre el Rey y las Cortes y el judicial recae en los tribunales de Justicia.
-El sistema de gobierno. "El Gobierno de la nación es una monarquía parlamentaria".
-La sucesión a la Corona se encargará a un Consejo de Regencia presidido por la Reina Madre, auxiliada por dos diputados y dos consejeros de Estado, hasta la mayoría de edad del Príncipe de Asturias (18 años).
-La confesionalidad del Estado. "La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica".
-El final de la represión religiosa con la supresión del Tribunal de la Inquisición.
-La regulación de las Cortes. Éstas son la reunión de todos los diputados de la nación y serán elegidos en las Juntas Electorales de parroquia, partido y provincia. "Habrá un diputado por cada 70.000 almas de la población".
-La libertad de expresión mediante la concesión de la libertad de imprenta.
-La extinción del régimen señorial con la abolición del feudalismo.
-La constitución de Ayuntamientos. "Se pondrá Ayuntamiento en los pueblos que no le tengan, no pudiendo dejar de haberle en los que lleguen a mil almas". De este modo nacieron los Ayuntamientos murcianos de Águilas, Campos del Río, Santomera, San Javier y Torre Pacheco.

  Antonio Gómez-Guillamón Buendía