El Arte Rupestre Prehistórico en España se encuentra bajo protección desde el año 1985 por la Ley 16 de Protección del Patrimonio Histórico Español, por lo que cualquier estación que contenga manifestaciones artísticas de estas características pasa a ser Bien de Interés Cultural. Durante el año 1998 el Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO en el plenario celebrado en Kioto (Japón), declaró El Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica como Patrimonio de la Humanidad, tras haber sido pedida dicha declaración por el Gobierno Español. Esta petición se realizó debido al valor universal de la pintura rupestre y a su importancia para el conocimiento de las sociedades paleolíticas, epipaleolíticas y neolíticas de la zona levantina en España.

   En concreto son seis las Comunidades Autónomas cuyos abrigos rocosos, cuevas o simas fueron destacados como Patrimonio Mundial: Andalucía, Castilla La Mancha, Aragón, Cataluña, Valencia y Murcia. El Comité de la UNESCO dispone de varios criterios para declarar un monumento, sitio o conjunto Patrimonio Mundial, en este caso se siguió el Criterio (iii) que reza: "el corpus del periodo prehistórico de las pinturas rupestres del arco mediterráneo del Este de España es el conjunto más grande de pinturas rupestres de toda Europa y constituye una imagen excepcional de la vida humana en un periodo de la evolución cultural de la humanidad".

   Pero, además, (según los criterios de la UNESCO), un bien con valor universal excepcional puede ser incluido en la lista de Patrimonio por:
-Aportar un testimonio único o excepcional de una civilización o de una tradición cultural desaparecida.
-Ejercer una influencia considerable, en un período dado o en un área cultural determinada, sobre el desarrollo de la arquitectura, las artes monumentales, el planeamiento urbano o la creación de paisajes.
-Constituir un ejemplo sobresaliente de establecimiento humano o de ocupación del territorio representativo de culturas tradicionales, sobre todo cuando son vulnerables a mutaciones irreversibles.
-Ofrecer un ejemplo eminente de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o de paisaje que ilustra un período significativo de la historia humana.
-Constituir una obra maestra del genio creador del hombre.

   En todo caso, la declaración lleva unidos una serie de compromisos por parte de los lugares donde se encuentren los bienes seleccionados, entre ellos identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el valor del conjunto patrimonial.

   En la Región de Murcia se han realizado numerosa iniciativas para la difusión de estos valores en relación con el arte rupestre entre las que se encuentran:
-Acondicionamiento para la visita de la Cueva-Sima de La Serreta en el Cañón de los Almadenes de Cieza.
-Acondicionamiento de las estaciones con Arte Rupestre en Jumilla.
-Restauración de pinturas rupestres en los términos municipales de Cieza, Moratalla, Yecla, Jumilla y Calasparra.
-Acondicionamiento de la Casa Cristo de Moratalla como Centro Regional de Interpretación del Arte Rupestre de la Región.