Para entender el impacto de la desamortización en Cartagena es necesario explicar algunas ideas. Desamortizar significa sacar las tierras de manos muertas para que puedan ser cultivadas y puestas en valor de alguna manera. En España, y por supuesto en Cartagena, estas tierras pertenecían a la nobleza y a la Iglesia, y dentro de ésta, al clero conventual de Cartagena. Como a la nobleza no se le podía expropiar porque aún era muy poderosa, se pusieron los ojos en la Iglesia. Ya desde el siglo XVIII algunos ilustrados españoles escribieron sobre esa posibilidad y más cuando en ese siglo algunas órdenes religiosas ya empezaban a dar síntomas claros de declive en el número de sus vocaciones y, por tanto, en las posibilidades de mantenimiento y de ocupación de sus propiedades.

   A principios del siglo XIX la Iglesia en Cartagena estaba en una situación decadente. Y el golpe de gracia le llegó con el Trienio Liberal, mediante la ley de 25 de octubre de 1820, en la que se disponía que todos aquellos conventos que no contasen con 24 religiosos ordenados 'in sacris' fueran suprimidos. Por la normativa quedaron enteramente extinguidos los de Santo Domingo y San Agustín, y fueron trasladados a Murcia los frailes de San Ginés de la Jara, San Francisco, San Diego y El Carmen. Únicamente permaneció el de los mercedarios, donde se reunieron los congregantes de Murcia, Lorca y Moratalla. También permaneció ocupado y abierto, puesto que no le afectó la medida, el convento femenino de la Purísima y San Jorge. Con la restauración absolutista de 1823 se reabrieron los conventos y monasterios, pero después de más de dos años de abandono, e incluso saqueo, y con la crisis económica que se arrastraba de antes, sumada a la actual, no permitió en ningún caso salir de la ruina.

   La desaparición definitiva tiene lugar con la ley de octubre de 1835 cuando Mendizábal decreta la completa abrogación de las órdenes monacales y la nacionalización de sus propiedades. Poco después la medida se extiende también al clero secular, pero en Cartagena la mayor parte de fincas vendidas pertenecían al regular ya que eran las más extensas, mejor situadas y más fértiles; en suma, más rentables para negocios posteriores. Veinte años después, en el periodo que nos ocupa, la desamortización tiene un impacto menor. La mayor parte de los bienes eclesiásticos estaban ya vendidos (quedaban algunas fincas del clero secular). A la aristocracia se le sigue temiendo demasiado. En realidad lo único afectable de desamortizar, o mejor, vender a secas eran los bienes propios y comunes del Ayuntamiento, es decir, sus tierras comunales, y en ese sentido van todas las comunicaciones que se reciben desde el 1 de mayo de 1855: se trata de la conocida como Ley de Desamortización de Bienes del Estado, Clero y otros. A esta pretensión respondió siempre el Ayuntamiento dando largas y con todas las evasivas posibles. Ello, no obstante, la labor desamortizadora siguió su curso con el resto de bienes no municipales y de manera más rápida. En la provincia es nombrado comisionado de ventas de bienes desamortizados Francisco A. Valverde, según circular de la Dirección General de Ventas de Bienes Nacionales, recibida el día 5 de julio en el ayuntamiento.

   Alguna corrupción habría en el proceso cuando ese mismo día el gobernador exige al Ayuntamiento que vigile los bienes desamortizables porque algunos individuos los deterioran para bajar su precio de salida en venta. Poco más tarde el Ayuntamiento es exhortado para que los funcionarios presten toda su ayuda al Investigador de Bienes Nacionales Joaquín Ortega, señal de que no se le prestaba esa ayuda ni mucho ni poco. En el capitulo municipal de 15 de septiembre se recibe un oficio de la Administración Provincial de Hacienda para que se nombre un maestro de obras, un agrimensor y un agrónomo o perito de campo que entiendan en la tasación de las fincas urbanas y rústicas que hayan de subastarse. Se pasa la orden al síndico, pero en todo el periodo posterior hasta julio de 1856 no se verifica nombramiento alguno que conste en la documentación del Ayuntamiento, lo que denota bien a las claras la oposición de éste en cuanto a enajenar sus bienes.

   En este sentido, ya pide con fecha de 6 de octubre una lista de comunes que el Ayuntamiento considere exentos de desamortizar por el daño que sería irreparable para el municipio. El Concejo sólo se plantea enajenar los pozos de la nieve que son de su propiedad en Sierra Espuña y poco más. Con el resto de bienes sigue forcejeando, lo que se demuestra con los oficios y notas que se intercambian con la administración de hacienda y con el gobernador civil; incluso a finales de junio del 56, casi rondando la caída de Espartero, se recibe oficio para que se rectifiquen y repasen las relaciones de bienes no sujetos a venta en ese municipio por si hubiera algún error involuntario. A pesar de todo lo expuesto, el tema de la desamortización en Cartagena en este periodo requeriría un estudio mucho más profundo que no me es posible abarcar en este trabajo de carácter más general, sobre todo el Bienio.