1593

Papel, encuadernación en pergamino

32 x 24 cm

Archivo Municipal de Murcia. Ammu. Serie 3, 69 y 70

 


  

La ordenanza de 11 de mayo de 1545 es la primera en la que aparece la obligatoriedad de pesar la seda en el Contraste y la prohibición de comprar seda fuera de él. La finalidad de los libros era controlar la producción de seda y su comercio a efectos de impuestos pero también garantizar la calidad mínima del producto. Además se intentaban evitar los desequilibrios y tratos discriminatorios entre los mercaderes extranjeros y los locales. Como consecuencia del fraude que existía en las declaraciones de los productores, se calcula que la cantidad de seda que se recoge en estos libros es una tercera parte de la producción real anual, un problema recurrente de la seda murciana a lo largo de su historia. Pero estos fraudes no se deben adjudicar únicamente a los productores, que intentaban extraer seda clandestina para obtener un mínimo beneficio, sino también a funcionarios y mercaderes. Por otra parte, a pesar de la información contenida en estos libros, es muy difícil saber la producción sedera que era retenida por el artesonado local para su manufacturación y la que se derivaba para la exportación, ya que muchos artesanos compraban seda para comercializarla.

Olivares, 2005, p. 45

MAGR