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Servicios bancarios

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En cualquier operación con un banco o caja

  • Es conveniente acudir a varias entidades financieras para comparar las diferentes ofertas y elegir una vez se hayan valorado. Pida los folletos informativos que tengan y examínelos tranquilamente.

  • Para comparar bien los tipos de interés que le ofrezcan, no tenga sólo en cuenta el interés nominal: Pregunte por la Tasa Anual Equivalente (TAE), ya que en ella se incluyen todos los gastos.

  • Entérese bien de las comisiones y gastos de cada operación.

  • Deben entregarle una copia del contrato en determinadas operaciones y, en todo caso, siempre que usted lo solicite. Es importante conservar esta copia para resolver los problemas que puedan surgir.

Al abrir una cuenta o libreta

  • Compare el interés ofrecido por varias entidades y compruebe si es fijo o se basa en un porcentaje que varía según el dinero que tenga en la cuenta.

  • Si adquiere la tarjeta de crédito, infórmese de cuánto le van a cobrar.

  • Un servicio a valorar positivamente es el seguro gratuito de accidente y muerte que algunas entidades le ofrecen al abrir una cuenta o libreta, cuya cuantía va en función del saldo medio.

  • Determinadas entidades ofrecen becas a los titulares de la cuenta ahorro-joven, que cubren los gastos de estudio, viajes y estancia.

  • Muchas entidades ofrecen la posibilidad de abrir una cuenta vivienda, destinada a financiar la compra de una futura vivienda en condiciones más ventajosas desde el punto de vista retributivo y fiscal.

  • De entre todas las ofertas busque la que le dé más ventajas, tales como exención de comisiones, seguros, talonario, plan de becas, etc.

Cómo se plantea una reclamación

  • Presente la reclamación en la oficina correspondiente y, si no se soluciona verbalmente, solicite y rellene la hoja de reclamaciones.

  • En el caso de que la entidad cuente con un defensor del cliente o figura similar, debe dirigirle la reclamación escrita en la forma que le indicarán en la propia oficina.

  • Si el problema no se resuelve satisfactoriamente, pasan dos meses sin resolución, o su banco no cuenta con esa figura, puede acudir al Servicio de Reclamación del Banco de España. Su decisión no es obligatoria para la entidad ni para el reclamante, pero lo normal es que su banco lo acepte.

  • Agotadas las anteriores posibilidades, sólo quedará acudir a los tribunales.

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