En el pasado año 2.004 el fraude con tarjetas de crédito ascendió a 600 millones de euros en Europa. Indudablemente, los principales perjudicados en este tipo de fraudes son los consumidores: No obstante lo que los consumidores desconocen es cuándo son ellos los que deben sufrir las consecuencias del fraude, y cuándo las consecuencias las debe sufrir la entidad emisora de la tarjeta o los establecimientos comerciales.
Lo primero que los consumidores tienen que conocer es la existencia del “Código de buena conducta del sector bancario europeo, relativo a los sistemas de pago mediante tarjeta”. A través de este instrumento se pretende limitar la responsabilidad de los consumidores a los primeros 150€, salvo que se hubiera actuado de forma fraudulenta o con negligencia grave. El consumidor no obstante debe tener presente que dicho instrumento no es vinculante, a pesar de que el propio Banco de España considera contrario a las buenas prácticas bancarias toda actuación que no se ajuste a dicho Código.
FUENTE: FUCI